Ademas de lo señalado en el artículo anterior, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo y los Municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa | ||||
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Fracción-Inciso | Periodo de actualización | Observaciones acerca de la información a publicar | Periodo de conservación de la información | |
I-a) El Plan Estatal y Municipal de Desarrollo, así como los planes y programas que deriven de ellos, según corresponda. | Para Poder Ejecutivo: cuando se decrete el Plan respectivo cada seis años; en caso de que el Congreso del Estado realice observaciones para su ejecución, revisión o adecuación, se actualizará en marzo de cada año. Trianual para los Municipios (Ayuntamientos), los cuales actualizarán el Plan Municipal de Desarrollo cada tres años. |
Poder Ejecutivo. Cuando se decrete el Plan respectivo cada seis años; en caso de que el Congreso del Estado realice observaciones para su ejecución, revisión o adecuación, se actualizará en marzo de cada año. Municipios (Ayuntamientos). Actualizarán el Plan Municipal de Desarrollo cada tres años. |
Información vigente y la correspondiente a por lo menos dos administraciones anteriores. | |
I-b) La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso de suelo y construcción otorgadas por los gobiernos municipales. Asimismo, por conducto de la autoridad competente, las solicitudes de evaluación de impacto ambiental y los resolutivos emitidos por la autoridad; las opiniones técnicas en materia de impacto ambiental; los resultados de estudios de calidad del aire por Municipio; y el programa de ordenamiento territorial estatal. |
Anual. En el caso del Poder Ejecutivo. Trianual. Los municipios actualizarán el/los Plan(es) Municipales cada tres años. Respecto a los tipos de uso del suelo, licencias de uso y construcción; evaluación, opiniones y estudios sobre impacto ambiental y sus resolutivos, se actualizarán trimestralmente. |
Si la información es objeto de modificaciones, deberá actualizarse dentro de los 10 días hábiles siguientes. Respecto a los tipos de uso del suelo, licencias de uso y construcción; evaluación, opiniones y estudios sobre impacto ambiental y sus resolutivos, se actualizarán trimestralmente. En caso de sufrir modificaciones, éstas deberán actualizarse dentro de los 10 días hábiles siguientes. |
Los Planes vigentes. Respecto a los tipos de uso del suelo, licencias de uso y construcción; evaluación, opiniones y estudios sobre impacto ambiental y sus resolutivos, la información de dos ejercicios anteriores y la del ejercicio en curso. |
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I-c) El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados. | Anual | o---o | Información vigente y la correspondiente a todos los ejercicios de la administración en curso, y por lo menos dos administraciones anteriores. | |
I-d) El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya cuando menos la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública, así como la ocupación superficial. | Trimestral | o---o | Información del ejercicio en curso y por lo menos una administración anterior. | |
I-e) El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales. | Trimestral | --- | Información vigente, y la del ejercicio en curso. | |
I-f) Los nombres de las personas a quienes se les habilitó para ejercer como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento del fiat y las sanciones que se les hubieran aplicado. | Trimestral | --- | Información vigente. |